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APOSTILLAS PARLAMENTARIAS

El control parlamentario del Servicio Exterior

por Lic. Hernán Aruj

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El Congreso Nacional tiene ingerencia en la organización del servicio exterior de la Nación a través de tres vías: dicta y modifica la legislación que lo rige, otorga el acuerdo para las designaciones y remociones del personal diplomático que actúa en el exterior y determina las actividades de la administración pública a través del control presupuestario.

 

Legislación. La primera ley del servicio exterior fue la 4.711 del 29 de septiembre de 1905. Han tenido gran influencia en la organización profesional del Servicio Exterior la ley 12.951 de 1946, luego derogada, y la 20.957 del 5 de junio de 1975, ley orgánica del Servicio Exterior de la Nación en vigencia.

 

El nombramiento de los cargos. Ya la Constitución de 1826 llamó “empleos de escala” a aquellos que se basaban en una carrera administrativa, denominación que reitera la Constitución vigente. El artículo 99 de la Constitución Nacional establece la obligatoriedad por parte del Poder Ejecutivo de contar con el acuerdo del Senado a fin de nombrar y remover “embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios”.

 

Actualmente es la Comisión de Acuerdos del Senado de la Nación es la que aprueba el pliego de los Embajadores. Sin embargo, existe un proyecto que busca reformar el sistema. El proyecto bajo expediente número 0605-D-2009 instrumenta un sistema de audiencia pública para recibir las opiniones de la sociedad y luego de ésta, la realización de una sesión especial y pública. Además todo el proceso deberá ser publicitado a través de diferentes páginas web y el Boletín Oficial.

 

Asignaciones presupuestarias. A través del artículo 75 inciso 8, la Constitución Nacional establece que el Congreso Nacional fija “el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional”. Es así la autoridad de quien dependen las erogaciones y por lo tanto, todos los empleos públicos nacionales. Esta importante tarea, recordemos, otorga una mayor importancia a la Cámara de Diputados, ya que es ella la receptora del proyecto de ley de Presupuesto Nacional que cada año envía el Poder Ejecutivo.

 

Como podemos ver, el Congreso Nacional puede influir de manera determinante en la composición de nuestro servicio exterior y así, en la orientación de la política exterior.


Las opiniones vertidas en este artículo no representan necesariamente las del Círculo de Legisladores y del IEERI.

Sólo son responsabilidad del autor

 
 

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